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Sanción de cinco años sin licencia para conductores peligrosos

Una propuesta   para que los gestores de tráfico puedan imponer esquelas fue presentada a la Asamblea Legislativa este mes.

La licencia de un conductor peligroso que sobrepase los 99 miligramos de alcohol en la sangre podría ser suspendida por cinco años si se aprueban dos propuestas de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial presentadas en la Asamblea Legislativa.

Junto a este cambio se pretende, además, que haya imposición de multa cuando una violación a la ley sea captada por equipo electrónico, igualmente que sean los gestores de tránsito también autorizados para imponer una esquela a los conductores infractores.

La primera propuesta de reforma fue presentada el pasado 7 de agosto y además de la sanción a los conductores peligrosos establece otorgar una puntuación anual a la licencia, que se irá degradando en la medida que se le impongan multas. Los puntos, que serán diez al año, se perderán así: uno por una falta leve, dos por una falta grave y cuatro por una falta muy grave.

En el caso específico del conductor peligroso, este perderá los diez de manera inmediata a la infracción. Si un conductor pierde todo su puntaje durante el año, por diferentes multas, su licencia será suspendida por un período de 365 días.

La división de tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC) podrá verificar el puntaje de los conductores al momento de imponer una infracción, si en ese instante se percatan que con la multa se vence el puntaje de la persona, procederán al decomiso de la licencia.

Si al momento en que se detiene a un conductor, la PNC se percata de que ya no tiene puntos autorizados en su licencia, se retirará la licencia, la tarjeta de circulación y las placas del automóvil.

El otro cambio a la ley está dado al valor de las esquelas y se refiere a conducir con licencia suspendida; en la actualidad tiene una penalidad de $57.14 y se sugiere subirla a $500.

La segunda propuesta de reforma de ley fue presentada el pasado 2 de septiembre y está orientada, específicamente, en dar autorización a los gestores de tránsito para que estén facultados a imponer multas.

Previamente deberán ser capacitados por un equipo de la PNC y otro del Viceministerio de Transporte.

Intento fallido

En otra solicitud de reforma discutida el pasado 16 de mayo, no fue aprobada la petición de incorporar a los conductores del transporte público al régimen laboral de ley, que incluye el sistema de pensiones y el Seguro Social.

El 2 de abril de este año los diputados David Reyes, Marcela Villatoro y Josué Godoy, del partido ARENA, habían presentado la propuesta de reforma al Código de Trabajo que buscaba crear un régimen especial de trabajo para los motoristas del transporte colectivo de pasajeros.

*Vía La Prensa Gráfica