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Alertas sanitarias COVID-19: cambian disposiciones para servicios religiosos, parques públicos, entre otros sectores

Este lunes se publicó el Acuerdo Ministerial 215-2020, el cual modifica el anexo del Acuerdo Ministerial 187-2020 que fue publicado el pasado 25 de julio y que establece las disposiciones del Sistema de Alertas Sanitarias.

Las nuevas disposiciones que aplican a nivel nacional dependiendo el color de alerta en cada municipio son en los siguientes sectores:

Parques públicos

ROJOANARANJADA AMARILLAVERDE 
Cerrado con excepción de áreas para deporte individual.
No se permiten actividades grupales, ni ventas de comida o comercio.
Aforo a 4 m2 por persona.
No se permiten aglomeraciones mayores de 10 personas.
No se permiten ventas de comida o comercio
Aforo a 4 m2 por persona. No se permiten aglomeraciones mayores de 15 personas.
Se permite venta de comidas con medidas iguales a las ventas en mercado.
 Aforo a 2.5 m2 por persona.

Bares y fiestas

ROJOANARANJADA AMARILLAVERDE 
Cerrado a todas las actividades.Cerrado a todas las actividades.Actividades al aire libre guardando aforo de 4 m2 por persona.
No se permiten grupos mayores a 5 personas.
 Aforo a 2.5 m2 por persona.
No se permiten grupos mayores a 10 personas.

 Eventos, conciertos y centros de diversión

ROJOANARANJADA AMARILLAVERDE 
Cerrado a todas las actividades.Cerrado.
Excepto eventos que puedan ocurrir desde el vehículo sin permitir descender de los mismos.
Actividades al aire libre guardando aforo de 4 m2 por persona.
No se permiten grupos mayores a 5 personas.
 Aforo a 2.5 m2 por persona.
No se permiten grupos mayores a 10 personas.

Cines y teatros

ROJOANARANJADA AMARILLAVERDE 
Cerrado con excepción de eventos que puedan ocurrir desde el vehículo, sin permitir descender de los mismos.Se permiten funciones bajo cita previa y manteniendo un aforo de 4 m2 por persona.
No se permiten taquillas ni aglomeraciones de más de 10 personas.
Se recomienda horarios o áreas especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años.
Se permiten funciones bajo cita previa y manteniendo un aforo de 4 m2 por persona.
No se permiten taquillas ni aglomeraciones de más de 15 personas.
Se recomienda horarios o áreas especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años.
 Permitido funciones manteniendo un aforo de 2.5 m2 por persona.

Iglesias y templos

ROJOANARANJADA AMARILLAVERDE 
Servicios religiosos como bautizos y matrimonios se limitan a menos de 10 personas y tiempo de menor de una hora.Se permiten servicios religiosos con un aforo de 4 m2 por persona,
con las siguientes medidas:
a) Se recomiendan servicios menores de 1 hora.
b) Puertas y ventanas abiertas.
c) Servicios especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años.
Se permiten servicios religiosos con un aforo de 2.5 m2 por persona, con las siguientes medidas:
a) Se recomiendan servicios menores de 1 hora.
b) Puertas y ventanas abiertas.
c) Servicios especiales para personas de alto riesgo o mayores 60 años.
 Se permiten servicios religiosos con un aforo de 1.5 m entre personas,
Con las siguientes medidas:
a) Puertas y ventanas abiertas.
c) Servicios especiales para personas de alto riesgo o mayores de 60 años.

El Sistema de Alertas Sanitarias COVID-19 es un instrumento que permite medir cada dos semanas la incidencia de la enfermedad y define el nivel de riesgo por localidad clasificado en colores: rojo, anaranjado, amarillo y verde, a fin de procurar medidas asertivas para proteger la salud de los guatemaltecos.